miércoles, 20 de mayo de 2015

Carta abierta sobre el proyecto de Ley sobre los Derechos de la Mujer Embarazada

Agrupación de Mujeres por un Parto Respetado,  
Nacer en Libertad
Santiago, 19 de mayo de 2015.

Señoras
Loreto Carvajal y Marcela Hernando
H. Diputadas de la República de Chile
Presente


Honorables Diputadas:

    “Nacer en Libertad” es una agrupación de mujeres por el parto respetado,  creemos en el poder de la mujer para gestar, parir, amamantar y criar a nuestros hijos e hijas en libertad, respeto y consciencia. Promovemos el parto humanizado y libre. No nos separan los colores políticos, las clases sociales, el nivel educacional o el estilo de vida.
    Realizamos acciones públicas y comunicacionales para difundir información sobre la humanización del parto y la visibilización de la violencia obstétrica contra las mujeres,  hijos e hijas. Nuestras principales acciones son la organización de círculos de mujeres, actividades familiares, gestionamos una participación activa y constante en  redes virtuales, nos desenvolvemos en el activismo de las calles y también en la cooperación con otras organizaciones e iniciativas en pos del parto y nacimiento humanizado. 
    Este 2015 cumpliremos tres años desde nuestro nacimiento, en los que hemos conocido a un sinnúmero de mujeres y sus familias, sus historias, experiencias, sueños y también sus dolores con respecto a sus gestaciones y partos. En estos casi tres años hemos sido un referente para  mujeres y sus familias que han acudido al Nacer en Libertad para informarse y buscar experiencias sobre partos respetados o naturales. También, muchas veces, hemos sido un espacio amoroso para sanar la huella invisible pero profundamente dolorosa que provoca la violencia obstétrica en nuestros cuerpos y en los de nuestras hijas e hijos; esa violencia simbólica, emocional y/o física que nos afecta durante la gestación, parto y puerperio (específicamente, en el periodo de amamantamiento).
    Sabemos que la evidencia científica respalda lo que nuestros cuerpos e instinto nos dicen: que el parto no es peligroso, que la gestación no es una enfermedad y que la lactancia materna es natural y deseable. No obstante, sabemos, por experiencia propia y de muchas otras mujeres, que lamentablemente en Chile, estos procesos naturales de la vida sexual de las mujeres (gestación, parto y lactancia) han sido patologizados e intervenidos a tal punto que la mayoría de las personas (incluidos muchos médicos, matronas y otros/as profesionales de la salud) creen que parir es peligroso, que la gestación es difícil y que amamantar es sólo para algunas. Y que por eso, la palabra del personal médico es “ley”. Las mujeres, por desconocimiento, desconexión y/o desinformación, hemos cedido la autonomía de estos procesos propios al sistema médico. Nos han inculcado el miedo. Nos enfrentamos a nuestras propias gestaciones y partos con miedo e inseguridad.
    Pero también estamos convencidas de que el cambio es posible. Sabemos que el nacimiento de nuestros e hijas es un momento que debe protegerse. Sabemos que existen mujeres y hombres trabajando arduamente por hacer más humano lo que por definición debería serlo. Sabemos que existen cada vez más doulas, matronas/es, ginecólogas/os, enfermeras/os, docentes y demás profesionales de la salud trabajando amorosamente por nacimientos, gestaciones y puerperios respetuosos y amorosos.
    Hoy, muchas mujeres sabemos lo que queremos y pedimos que se nos respete. Y para eso, la promulgación de una ley que establezca claramente nuestros derechos (y los de nuestros hijos e hijas) desde la gestación, parto y puerperio es fundamental y urgente. En este contexto, valoramos enormemente vuestra propuesta de Ley, un primer paso tan necesario.
    Gracias a la invitación que nos hizo Relacahupan Chile, Parir(nos) Chile y el Observatorio de Violencia Obstétrica en Chile para participar del Seminario “Perspectivas acerca del Proyecto de Ley sobre Violencia Obstétrica”, hemos podido reunirnos a leer, discutir  y analizar el proyecto de Ley sobre los Derechos de la Mujer Embarazada que ustedes han propuesto. En ese contexto, deseamos hacerles las siguientes apreciaciones:


1. En primera instancia quisiéramos proponer cambiar la denominación “embarazada” por “gestante”, pues creemos que el lenguaje tiene un efecto determinante en muchas de nuestras acciones y concepciones culturales. El término “embarazo” tiene una connotación negativa, de impedimento, de pesar. Creemos necesario partir con denominaciones que impulsen el empoderamiento. “Mujeres gestantes” nos parece más adecuado.
2. Creemos que la Ley debe ir acompañada de una actualización sobre derechos de la mujer gestante y sus hijos e hijas, parto fisiológico y violencia obstétrica a profesionales de la salud que atienden a la mujer en la etapa de gestación, parto y puerperio, con el fin de aunar y alinear la práctica médica y protocolos hospitalarios a las recomendaciones de la OMS y el Sistema de Protección Integral a la Infancia Chile Crece Contigo sobre gestación y parto fisiológico. Junto con esta actualización a personal de salud, es importante informar a las mujeres  sobre sus derechos, lo que se considera violencia obstétrica y los beneficios de un parto fisiológico, sin intervenciones.
3. En los “fundamentos de la Ley” se dice “el establecimiento de un postnatal de 6 meses”, cuando debe decir “postnatal de 24 semanas”.
4. Creemos que importante agregar los derechos del recién nacido, en el artículo 1° pues los bebés al momento del parto y post parto, también son afectados directamente por las agresiones, intervenciones, manipulaciones, humillaciones y otras acciones constitutivas de violencia obstétrica.
5. Artículo 2°, “b” se menciona el derecho de la mujer a “ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar durante el proceso de parto, de manera que pueda optar libremente cuando existieren diferentes alternativas” y en la letra “d” se dice que la mujer tiene derecho al “parto natural, evitando en lo posible, prácticas invasivas y suministro de medicación cuando no esté debidamente justificado”. En ambas ocasiones se menciona que “este derecho jamás podrá ser ejercido de manera tal que ponga en riesgo la salud y vida de la madre y del que está por nacer”. Consideramos que esta salvedad puede transformarse en una suerte de “trampa” de la ley, pues se le otorgaría justificación legal a una de las prácticas más comunes de lo que consideramos como violencia obstétrica: manipulación de la mujer a través del miedo y amenaza de que algo terrible pueda ocurrir con su hijo o hija. Creemos que el derecho a elegir libremente en base a información veraz es un derecho inalienable de la mujer.
6. Es necesario definir qué se entiende por “parto natural”, cuando se utiliza en la Ley.
7. Artículo 2°, letra f. Proponemos “Derecho a  estar acompañada durante el trabajo de parto, parto y post parto por al menos una persona de su confianza y elección (pareja, madre, doula, etc.)”.
8. Creemos que es importante definir  los siguientes derechos:
- Derecho a estar informada sobre la lactancia materna y los beneficios que esta le otorga a la madre y a los bebés, niños y niñas.
- Derecho a disponer libremente de su placenta. No es un desecho biológico, es un órgano que aporta beneficios post parto y la mujer tiene el derecho a llevársela consigo.
- Derecho a elegir libremente el lugar dónde parir y con quién parir.
- Derecho a contar con el ambiente propicio para parir, según las concepciones culturales o étnicas de la mujer.
- Derecho a libertad de movimiento, a buscar su mejor postura durante el trabajo de parto y durante el expulsivo. Derecho a estar informada sobre las medidas no farmacológicas de manejo del dolor del parto.
- Derecho a no ser sometida a exámenes o intervenciones para investigación o docencia, salvo su expresa aprobación por escrito.
- Derecho a diseñar y discutir con su equipo médico su propio Plan de Parto. Derecho a que se respete lo que la mujer establece en él.
- Derecho a recibir alimentos y líquidos en la medida que la mujer los requiera.
- Derecho de la mujer a contar con atención única de matrón/a en caso de gestación y partos fisiológicos.
- Derecho a contar con apoyo multidisciplinario en caso de denunciar haber sido víctima de violencia obstétrica.
DERECHOS DE LA MUJER EN CASO DE CESAREA NECESARIA:
- Derecho a la realización de una cesárea humanizada, a estar acompañada en todo momento por la persona de confianza que la mujer haya elegido, a ser tratada con dignidad y respeto.
- Derecho a ser informada de todos los pasos e intervenciones de la cesárea.
- Derecho a ser operada en un ambiente íntimo, silencioso y respetuoso.
- Derecho a tomar a su bebé apenas haya salido de su útero, si se encuentra en condiciones favorables de salud.
- Derecho a sostener a su hijo/a mientras terminan la intervención.
- Derecho a ser informada acerca de los beneficios del amamantamiento y la importancia del inicio de la lactancia precoz. Derecho a amamantar apenas haya terminado la intervención.
DERECHOS DEL RECIEN NACIDO/A:
- Derecho a estar al menos una hora junto a su madre, inmediatamente después de su nacimiento, sin interrupciones ni intervenciones, si nace sano. Si la madre no pudiera, por razones de salud, hacer esta hora de apego, tiene derecho a estar con su padre o acompañante de confianza.
- Derecho a ser tratado/a con respeto y delicadeza.
- Derecho a no ser intervenido/a sin la aprobación de la madre. Derecho a no ser aspirado, lavado, bañado o vacunado.
- Derecho al corte “tardío” del cordón umbilical, es decir, al menos 2 minutos después de haber nacido o hasta que el cordón esté blanco. Sólo se podrá cortar inmediatamente el cordón si el bebé o su madre necesitaran atención médica de urgencia.
- Derecho a ser amamantado/a en la primera hora de vida.
9. Artículo 5° letra e dice “(…) desde el trabajo de parto hasta el post parto”. Creemos que debería decir “(…) desde la primera visita ginecológica, gestación, parto, puerperio, hasta la última visita ginecológica en su vida”.
10. Artículo 8°. Creemos que las decisiones sobre el parto SIEMPRE deben ser tomadas por la mujer o su acompañante de confianza. Por eso es imprescindible que la mujer esté acompañada en todo momento durante su trabajo de parto, parto y post parto y que se cumpla lo que ella definió en su plan de parto, previamente conversado con el personal de salud.
11. Agregamos que “También se considera violencia obstétrica la manipulación de la mujer gestante a través de amenazas del personal de salud, la tergiversación de la información y el ocultamiento de la misma”.
Consideramos de suma importancia contemplar los procesos reproductivos de las mujeres desde la óptica expuesta en este proyecto de ley, con la relevancia que corresponde a respetar  los derechos humanos de las mujeres  y con la iniciativa de regularizar las violencias de género en los aspectos referidos a sus procesos reproductivos. Así mismo encontramos de vital trascendencia reflexionar cómo las estructuras culturales invisibilizan violencias hegemónicas como suponer familias únicas y heterosexuales donde predomina la triada bebe-madre-padre biológicos, o equiparar  la capacidad de decisión con la posibilidad de elección de un equipo médico que impone el mercado (donde muchas veces se le castiga a la mujer sólo por estar en edad reproductiva), y por supuesto considerar el aspecto bio político de la reproducción de los cuerpos dónde muchas veces las mujeres somos consideradas meros instrumentos estatales de reproducción en lugar de sujetos de derecho.
Agradecemos la iniciativa, celebramos la posibilidad de dialogar y construir redes. Esperamos ser un aporte a la discusión y poder seguir en contacto con ustedes.

Atentamente,
Andrea Ramírez
Catalina López
Celine Auth
Daniela Evans
Jessica Valladares
Tamara Alfaro
Representantes de Agrupación de Mujeres por un Parto Respetado, Nacer en Libertad


CC: Representantes de Relacahupan Chile, Observatorio de Violencia Obstétrica Chile, Parir(nos) Chile, Programa de Salud de la Mujer del MINSAL, Servicio Nacional de la Mujer, Colegio de Matronas y Matrones de Chile, Colegio Médico de Chile, Sociedad Chilena de Obstetricia y Ginecología.


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